Cinco meses después de que vieran cómo el fuego arrasaba no solo el entorno de sus viviendas, sino también, en algunos casos, sus propias casas, los vecinos de las urbanizaciones de Marxuquera que resultaron afectados por el incendio forestal que arrasó más de 3.000 hectáreas en varias comarcas, un millar de ellas solo en Gandia, empiezan a recibir buenas noticias.
El Gobierno aprobó el pasado sábado un Real Decreto que, entre otras medidas, exonera a los propietarios de pagar el IBI del 2018 de sus propiedades. Como el impuesto ya se ha liquidado, esta medida se hará efectiva mediante la devolución de las cantidades que ya abonaron a lo largo del pasado ejercicio. El ayuntamiento será el encargado de reingresar esas cantidades en las cuentas corrientes de los vecinos que sufrieron los efectos del virulento fuego y, a su vez, el Estado será quien compense al consistorio con esas cantidades.
Aunque el texto especifica que la bonificación está dirigida a aquellas propiedades que sufrieron daños, el ayuntamiento considera que en esa consideración entran todas aquellas que se encontraban en las urbanizaciones que fueron desalojadas. En primer lugar porque durante muchos días no pudieron regresar a sus casas y tuvieron que buscar realojos en casas de familiares y amigos, en hoteles o incluso en instalaciones que preparó la administración local. Y por otra parte porque todos los inmuebles se quedaron sin suministro de electricidad ni agua por efectos de las llamas y eso se considera un daño. El consistorio, de hecho, entregará a cada uno de los propietarios un documento que certifique que su vivienda sufrió daños para poder presentarlo en la documentación para solicitar las ayudas.
Lo anunciaron ayer la alcaldesa de Gandia, Diana Morant, y la vicealcaldesa, Lorena Milvaques, que explicaron que en los próximos días darán más detalles sobre el alcance del decreto, que aún está siendo desgajado por parte de los servicios jurídicos municipales. También señalaron que el consistorio va a instalar un punto de información para asesorar a los vecinos sobre todos los trámites que deben completar, aunque la solicitud se debe presentar ante el Gobierno central. Los vecinos disponen de dos meses para cumplimentar la documentación.
Además del Impuesto de Bienes Inmuebles, el texto incluye otras exenciones y ayudas. Por ejemplo, aquellos vecinos que perdieron algún coche o moto o perdieron documentación de los vehículos durante el siniestro estarán exentos de pagar las tasas por dar de baja o duplicación a las que obliga la DGT.
Por otro lado, aquellas empresas que vieron interrumpido su trabajo por culpa del incendio estarán exoneradas de pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en la parte proporcional al tiempo en que no pudo desarrollar sus labores habituales. A su vez, las empresas o autónomos afectados directamente por el siniestro podrán solicitar una moratoria de un año en el abono de las cuotas a la Seguridad Social.
Otra medida excepcional que incluye el RD es que el ayuntamiento podrá poner en marcha un Plan de Ocupación para que personas desempleadas de la ciudad ejecuten trabajos de recuperación de las zonas afectadas.
Rentas máximas
Si bien, la cara menos amable del Real Decreto es la que habla de las ayudas directas a los daños sufridos por las viviendas. El texto, en este caso, deriva claramente a otra norma, la del 2005, que establece unas rentas máximas a partir des cuales no se podrá tener acceso a ayudas. «Cuando los ingresos anuales netos superen en dos veces y media las siguientes cantidades, no habrá derecho a la subvención: Para unidades con uno o dos miembros: Iprem+ 40%; Para unidades con tres o cuatro miembros: Iprem + 80% y para unidades con más de cuatro miembros: Iprem+ 120», señala el texto del 2005. Este era uno de los temores que ya durante aquellos días del fuego tenían los vecinos de las urbanizaciones.
Además, se establece un máximo para aquella que reciban las ayudas. Por destrucción total se fija en los 15.120 euros, mientras que aquellas en las que resultó afectada la estructura se concederá la mitad del coste, no pudiendo superar los 10.320 euros.